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¿Cómo tramitar una licencia para el alquiler vacacional o vivienda de uso turístico en Asturias?

Viviendas Uso Turístico Gijón

 Licencia alquiler vacacional

Desde el pasado 10 de Agosto de 2016, el Principado de Asturias ha establecido la normativa que regulariza el uso de viviendas vacacionales y de uso turístico. Por tanto, necesitarás una licencia específica para el desarrollo de esta actividad.

La nueva normativa del Principado de Asturias diferencia entre viviendas de uso turístico y viviendas vacacionales. Las primeras son viviendas ubicadas en un edificio en régimen de propiedad horizontal. Mientras que las viviendas vacacionales son edificios sin vecindario, como casas o chalés. Ambas actividades requieren de la obtención de una de las nuevas licencias: licencia de vivienda de uso turístico o licencia de vivienda vacacional.

¿Qué requisitos son obligatorios para conseguir un licencia de viviendas de uso turístico en Asturias y poder alquilar?

Cada vez es más frecuente encontrar en localidades asturianas como Gijón, Oviedo o Avilés viviendas cuyos propietarios alquilan su vivienda para verano a través de internet en plataformas destinadas al alquiler de pisos o apartamentos. Para poder ejercer esta actividad el Principado exige la obtención de una licencia de vivienda de uso turístico en Asturias. Para ello el la vivienda deberá:

  • Disponer de la cédula de habitabilidad.
  • Estar perfectamente amuebladas, electrodomésticos, cubertería, menaje y lencería.
  • Contar con suministro de agua fría /caliente y calefacción.
  • Extintor e iluminación de emergencia.
  • Habitaciones con ventilación directa al exterior o a patios no cubiertos y algún sistema de oscurecimiento de las ventanas.
  • Nº de baños: cuando no exceda de 6 plazas podrá tener 1 único cuarto de baño, exigiendo, al menos dos, cuando se supere este número.
  • Prohibido alojar un mayor nº de personas de las que correspondan a la capacidad establecida por el número de dormitorios y ocupación.
  • Colocación en el exterior de placa con las siglas “VUT” y el nº de signatura correspondiente a su inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas.
  • Colocación de cartel informativo, en castellano y en inglés, con un nº de teléfono de atención 24 horas al día, así como teléfonos y direcciones de los servicios de emergencia y sanitarios.
  • Deberán figurar los precios del servicio de alojamiento y las fechas de aplicación.
  • Con carácter previo a la reserva, se informará, por un medio del que quede constancia, de las condiciones de acceso a la vivienda, horas de entrada y salida, admisión de animales, régimen de reservas y precios.
  • Entregar a todo cliente tarjeta de admisión, con nombre de la empresa explotadora de la vivienda, signatura asignada por la Administración turística, precio final completo del alojamiento, fecha de entrada y salida y deberá estar firmada por el cliente. Deberá conservarse en el establecimiento a disposición de la Administración durante un año.
  • Salvo pacto en contrario, la hora de entrada será las 17.00h y la de salida las 12.00h.
  • Factura desglosada por días y conceptos. Deberá figurar nombre, categoría del establecimiento, nº signatura turística, fechas de entrada y salida y fecha de expedición.
  • Disponer de hojas de reclamación.
  • Contratar seguro de responsabilidad civil con una cuantía mínima de cobertura de 150.250 euros sin que la franquicia sea superior a 602 euros.
  • Remitir a la Dirección General de la Policía la información relativa a la estancia de las personas se alojan.

En Pleya gestionamos de forma integral la licencia para viviendas de uso turístico y viviendas vacacionales en Asturias para alquilar.

¿Qué es necesario para obtener una licencia de vivienda vacacional en Asturias?

Las viviendas vacacionales, es decir, casas o chalés destinados a vivienda vacacional en Gijón, Oviedo y Avilés deben de responder a un mayor número de requisitos. Así, obtener la correspondiente licencia de alquiler  vivienda vacacional en Asturias :

  • Suministro de agua potable, caliente y fría y energía eléctrica con puntos y tomas de luz en todas las habitaciones y zonas de uso común.
  • Sistema efectivo de evacuación de aguas residuales.
  • Servicio de recogida de basuras autorizado por el Ayuntamiento.
  • Calefacción.
  • Lavadora y plancha.
  • Botiquín de primeros auxilios.
  • Extintor por planta.
  • Acceso señalizado.
  • Teléfono para uso de los clientes.

HABITACIONES

  • Luz natural y ventilación directa al exterior.
  • Tamaño mínimo: para las dobles de 10m2 para las individuales 6m2. Cama supletoria en dobles que superen los 13 m2
  • Mobiliario: cama anchura mínima de 1,35 y 0,80 m, mesillas de noche, silla o butaca por ocupante previsto, armario con perchas, puntos de luz con interruptor al lado de la cama
  • Contraventanas, persianas, cortinas u otro sistema que impida paso de la luz
  • Lencería mínima de dos juegos completos por semana y estancia.

ASEOS

  • Ventilación suficiente
  • Mobiliario: Lavabo, bañero o ducha, inodoro, espejo y tomar de corriente, toallero y repisa para los objetos del tocador.
  • Lencería mínima de dos juegos completos por semana y estancia.
  • Cuando la capacidad exceda de 6 personas, se exigen al menos dos salones (nunca inferior a 8 m)

COCINA

  • Ventilación directa.
  • Mobiliario: fregadero, cocina con dos fuegos, horno, frigorífico, despensa o armarios, vajilla, cristalería, cubertería, menaje y batería de cocina
  • Prohibido alojar un mayor nº de personas de las que correspondan a la capacidad establecida por el número de dormitorios y ocupación
  • Colocación en el exterior de placa con las siglas “VV” y el nº de signatura correspondiente a su inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas del Principado de Asturias.
  • Colocación de cartel informativo, en castellano y en inglés, con un nº de teléfono de atención 24 horas al día, así como teléfonos y direcciones de los servicios de emergencia y sanitarios.
  • Deberán figurar los precios del servicio de alojamiento y las fechas de aplicación.
  • Con carácter previo a la reserva, se informará, por un medio del que quede constancia, de las condiciones de acceso a la vivienda, horas de entrada y salida, admisión de animales, régimen de reservas y precios.
  • Entregar a todo cliente tarjeta de admisión, con nombre de la empresa explotadora de la vivienda, signatura asignada por la Administración turística, precio final completo del alojamiento, fecha de entrada y salida y deberá estar firmada por el cliente. Deberá conservarse en el establecimiento a disposición de la Administración durante un año
  • Salvo pacto en contrario, la hora de entrada será las 17.00h y la de salida las 12.00h.
  • Factura desglosada por días y conceptos. Deberá figurar nombre, categoría del establecimiento, nº signatura turística, fechas de entrada y salida y fecha de expedición
  • Disponer de hojas de reclamación.
  • Contratar seguro de responsabilidad civil con una cuantía mínima de cobertura de 150.250 euros sin que la franquicia sea superior a 602 euros.
  • Remitir a la Dirección General de la Policía la información relativa a la estancia de las personas se alojan.

Consúltanos cómo obtener la licencia de vivienda vacacional para alquilar o vivienda vacacional en Asturias. Nos ocupamos de todos los trámites.

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