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Las discrepancias entre las comunidades de vecinos son muy habituales y más aún cuando surgen conflictos entre los propietarios del edificio de viviendas y los locales comerciales que suele haber en los bajos. Las necesidades de los propietarios de los pisos y las de los dueños de los locales pueden chocar. Es en ese momento cuando consultar la Ley de Propiedad Horizontal se hace imprescindible. Uno de los casos de disputa más habituales suele ser la instalación de una salida de humos en el edificio. Esta es necesaria, por ejemplo, para obtener la licencia de cocina de un bar o restaurante. ¿Te interesa saber qué dice la Ley en estos casos? Te lo contamos.

¿Qué es la Ley de Propiedad Horizontal?

La Ley de Propiedad Horizontal o LPH es la norma que regula las relaciones, derechos y obligaciones entre los propietarios y/o vecinos de varios inmuebles que pertenecen a la misma comunidad o edificio según la Ley 49/1960 del 21 de julio. El concepto de propiedad horizontal es un concepto jurídico que se refiere al conjunto de inmuebles privados que pertenecen a un edificio común y está definido en el artículo 396 del Código Civil.

Por otro lado, los diferentes pisos y locales de un edificio se rigen por la LPH que ha sufrido diversas modificaciones a lo largo de los años siendo una de las más importantes la reforma de 1999.

¿Qué dice la LPH sobre las salidas de humos?

Los casos de conflicto pueden ser muy variados. En ocasiones existen viviendas con tiros individuales que algunos vecinos utilizan y otros no. Cuando surge la necesidad de arreglar un tiro de chimenea, aquellos que no la utilizan suelen negarse a pagar. Sin embargo, la chimenea es un elemento común de acuerdo con lo establecido en el artículo 396 del Código Civil, en el que se fundamenta La ley de Propiedad Horizontal, que incluye las salidas de ventilación o evacuación de humos. Como elemento común que es, la reparación de la chimenea correspondería a todos los propietarios y no solo a aquellos que la usan o tienen el problema con el tiro según se dispone en el articulo 10.1 de la ley de Propiedad Horizontal.

Otro caso muy común es que el propietario de un local de edificio quiera instalar una salida de humos necesaria para poder llevar a cabo ciertas actividades. La salida de humos de un local necesita la instalación de un tubo que debe discurrir por un patio de luces o fachada posterior. Por tanto, afecta a elementos comunes. Es por esto que casi siempre, necesitará la autorización de la Comunidad de Propietarios a la que pertenece el local para su instalación.

Decimos casi siempre porque primero habrá que consultar los Estatutos de la Comunidad. Si los estatutos no autorizan la instalación de una salida de humos o prohíben la realización de este tipo de obras o de labores de hostelería, el propietario del local no podrá hacer nada. Pero si los Estatutos autorizan este tipo de actividades el propietario no necesitará la autorización por parte de la Comunidad.

¿Y qué sucede si los Estatutos de la Comunidad no regulan nada sobre este supuesto? En este caso, el tema tendrá que ser sometido a votación en Junta de Propietarios. Para salir adelante deberá conseguir la autorización unánime o de 4/5 partes de los vecinos.