El cuidado de la salud es fundamental en nuestra sociedad. Además, la demanda por parte de la población de todo tipo de centros y actividades sanitarias va en aumento. Clínicas dentales, de medicina estética, centros de nutrición, óptica y audiometría, consultas médicas, hospitales, centros de fisioterapia, farmacias… Son establecimientos que proliferan en las ciudades pero que, como es lógico al tratarse de salud, requieren estrictos requisitos para poder iniciar su actividad o realizar modificaciones en las mismas. Si tienes en mente un registro sanitario en Asturias te interesa conocer cuáles son esos requisitos y qué pasos seguir para asegurarte de que tu negocio esté en orden y todo sea legal.
Inscribirse en el Registro Sanitario en Asturias.
El primero de los trámites que hay que cumplir para poner en marcha tu negocio relacionado con la salud es estar inscrito en el Registro Sanitario. El Registro General de centros, servicios y establecimientos sanitarios no deja de ser un listado en el que los usuarios pueden consultar los centros, de cualquier titularidad, autorizados por las administraciones sanitarias de las comunidades autónomas. Sin la autorización para aparecer en el Registro Sanitario no es posible poner en funcionamiento ninguna consulta o servicio de carácter sanitario.
La administración que comprobará si se cumplen los requisitos para entrar en el Registro Sanitario es la Consejería competente en materia de sanidad. Además, tiene otra serie de funciones como realizar inspecciones y controles. Además, la Consejería es la encargada de otorgar el Número de Registro Sanitario del Principado de Asturias a cada centro o servicio sanitario.
Otros trámites necesarios para abrir tu consulta.
Autorización de Instalación:
Si tu consulta o centro es de nueva creación necesitarás la Autorización de instalación. Esta es indispensable para todos los centros que impliquen la realización de obra nueva o alteraciones sustanciales en su estructura o instalaciones.
La solicitud deberá ir de nuevo dirigida al titular de la Consejería competente acompañada de una serie de documentación que incluye entre otras: una memoria descriptiva de la actividad que se va a desarrollar, copia del proyecto técnico visada por el colegio profesional, documento acreditativo de la propiedad, etc.
Autorización sanitaria de funcionamiento:
Se trata de una autorización que facultará a tu centro para realizar su actividad. Además, se exige con carácter preceptivo de modo previo al inicio de ésta. Uno de los puntos más importantes a tener en cuenta es que tiene que renovarse cada ocho años. Por tanto, hay que estar atento para que no “caduque”.
La forma más sencilla de asegurarnos de realizar estos trámites correctamente es acudir a una empresa especializada que actúe como una ventanilla única y tenga amplia experiencia en gestionar este tipo de papeleo. Conseguir todos los permisos, a nivel local y autonómico, realizar un estudio previo para dar respuesta conjunta a todas las normativas o solucionar cualquier imprevisto son algunas de las funciones que empresas como Pleya pueden realizar.